En España, a petición del Ministerio de Igualdad, se ha aprobado la “Ley de los derechos menstruales”. Como mujer, estoy indignada y como ginecóloga, estoy horrorizada.
A lo largo de la historia ha sido muy difícil conseguir que la menstruación no limite la capacidad social y la libertad de la mujer.
Hasta el siglo pasado, los médicos, las religiones y la cultura de casi todas la sociedades opinaban que el sangrado vaginal (menstrual o postparto) “hace que sea extremadamente dudoso de hasta qué punto pueden considerarse seres responsables». Y, actualmente, en el tercer mundo siguen con ideas parecidas.
Hipócrates aseguraba el poder putrefacto del sangrado femenino y se ha utilizado para excluir a las mujeres con aislamiento, prohibición de tocar la comida de los demás, prohibición de entrar a lugares sagrados, etc.
En España, las mujeres de la edad de mi madre no podían ir al bautizo de sus hijos; hasta los 40 días postparto no podían entrar en las iglesias. Y aún hoy, si se te corta la mahonesa, es porque estás con la regla.
Actualmente, en la India, Priyanka Meena, de 15 años, duerme fuera de su casa cuando está menstruando y, por supuesto, no puede ir a la escuela. Ella usa la misma ropa y usa los mismos utensilios cuando tiene su periodo menstrual porque se cree que son impuras.
© UNFPA India
UNFPA es la agencia de las Naciones Unidas que lucha por la salud sexual y reproductiva. Ellos y la UNICEF promueven que las niñas y las mujeres no tengan que cambiar nada durante las reglas, que tengan acceso a compresas y baños adecuados y ofrecen tratamiento a las que sufren trastornos menstruales.
Y ahora, en España, ¡promueven que la mujer se quede en casa!
Texto de la ley:
“La baja laboral por menstruación dolorosa es el derecho a la incapacidad temporal por cuadros médicos que se deriven de reglas dolorosas y que incapacitan para el trabajo (dismenorrea que provoca dolores, vómitos, mareos, diarrea y sangrado abundante). En muchos casos, están asociados a enfermedades como la endometriosis o los ovarios poliquísticos, que padecen numerosas mujeres y que les impide trabajar con normalidad.
La baja laboral por menstruación dolorosa podrá tramitarse, previo informe médico, y permitirá que una mujer pueda quedarse en casa unas horas de su jornada laboral o unos días, si el dolor de la regla le impide trabajar. Será los días que cada mujer, conforme a su cuadro médico, necesite. Las mujeres que se sientan incapacitadas para cumplir con sus deberes laborales deberán acudir al médico de cabecera de la Seguridad Social para poder solicitar la baja correspondiente; el facultativo puede conceder un permiso por menstruación incapacitante con validez anual. Deberá ser renovado antes del último día de cada año, y presentado ante la empresa antes del 30 de enero del año siguiente. La trabajadora cobrará la prestación desde el primer día de baja, a diferencia del resto de incapacidades temporales, cuando el empleado comienza a recibir la prestación a partir del cuarto día.”
Ahora también empiezan a promover incluso las bajas por síndrome premenstrual, dolores ovulatorios, menopausia, etc.
Yo creo lo siguiente:
- Durante la regla, podemos hacer TODO: gimnasia, natación, trabajar, tener relaciones sexuales, etc.
- Las mujeres con alteraciones de la regla o enfermedades que les causen dismenorrea NO deben ir al médico de cabecera para baja anual sino al ginecólogo para que las cure.
- Tenemos incluso la posibilidad de valorar el no tener reglas: los anticonceptivos pueden tomarse sin descanso (es lo mismo tomarlos durante 21 días que durante 30, no es necesario hacer pausas). ¡Hay que romper el mito de que es necesaria para limpiar!